AUTO CONSTITUCIONAL 0753/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0753/2012-CA

Fecha: 13-Sep-2012

I.1. Antecedentes

Mediante memorial de 27 de agosto de 2012, cursante de fs. 68 a 71 vta., el Presidente y Vicepresidente del Consejo Estatuyente conjuntamente autoridades originarias de la localidad de Totora Marka, remitieron al Tribunal Constitucional Plurinacional el proyecto de “Estatuto Autonómico Originario de ese Gobierno Autónomo Municipal”, a efectos de que se proceda al respectivo control de constitucionalidad, acompañando la documentación correspondiente, por la que consta haberse cumplido con los requisitos establecidos por ley.

Indican que Totora Marka de la Nación Originaria Suyu Jach'a Karangas expresó la voluntad de su población en el referendo del 6 de diciembre de 2009 para acceder a la Autonomía Indígena Originaria Campesina, de manera tal que posterior a esto, se conformó el Órgano Deliberativo denominado Consejo Estatuyente de Totora para la elaboración de su “Estatuto” de forma participativa en cada ayllu y su posterior aprobación en sesión de este Órgano bajo la supervisión del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático, en estricto cumplimiento de la norma.

Fundamentan su petición en los arts. 1, 2, 30.I y III, 275, 289 a 296, 303 y 304 de la Constitución Política del Estado (CPE), el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo ratificado mediante Ley 1257 de 11 de julio de 1991, la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas ratificada mediante Ley 3760 de 7 de noviembre de 2007, Decreto Supremo (DS) 0231, arts. 49.III, 50.II, 52.I y 53.I num. 3 y II de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD), art. 81 de la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, art. 92 de la Ley de Régimen Electoral, arts. 28.I num. 12 y 145 al 148 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) y Código Procesal Constitucional.