Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2013-CA
Fecha: 10-Ene-2013
a)
En el caso de autos, la Comisión de Admisión constató que los consultantes, no acompañaron original o fotostáticas legalizadas: a) Del acta en el que conste la aprobación por dos tercios de votos de la carta orgánica asumida por los miembros del órgano deliberativo de la entidad territorial solicitante conforme lo disponen los arts. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE), 117 CPCo; y, b) El acta correspondiente en el que conste la elección de Severino Vargas Selaya como Presidente del Concejo Autónomo Municipal de “Villa Real de Tapacari” del departamento de Cochabamba, conforme se exige en el art. 118 CPCo.