Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2013-ECA
Fecha: 08-Ene-2013
NO HABER LUGAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 196.I de la Constitución Política del Estado; y, 45 de la LTCP, resuelve: NO HABER LUGAR a la solicitud de complementación y enmienda presentada por la accionante.