AUTO CONSTITUCIONAL plurinacional 0003/2013-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL plurinacional 0003/2013-ECA

Fecha: 10-Ene-2013

I. DE LA ENMIENDA

La enmienda se encuentra estipulada por el art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), habiendo sido establecida como un medio para reclamar, que tienen tanto el accionante como el demandado, ante el Tribunal Constitucional para que corrija errores materiales. Asimismo, en base a las mismas normas este Tribunal Constitucional Plurinacional también tiene la facultad para corregir de oficio dichos errores en el caso de comprobar de forma posterior a la emisión de la Sentencia Constitucional Plurinacional; esto no significa, que sea un medio para que se cambie la decisión en el fondo.