Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0410/2013-CA
Fecha: 16-Oct-2013
deberá ser presentada por la Presidenta o Presidente del Órgano deliberante de la Entidad Territorial
Por consiguiente, las autoridades legitimadas para formular la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de estatuto o carta orgánica son la presidenta o presidente del órgano deliberante de las entidades territoriales autónomas, y en el caso de las autonomías indígenas originario campesinas, serán las autoridades designadas por ellas.
En el primer caso, la presidenta o el presidente del órgano deliberante de las entidades territoriales autónomas deberán acreditar además la aprobación por dos tercios de votos del total de sus miembros del proyecto de estatuto o carta orgánica, pero además se deberá demostrar que fue elaborado de manera participativa.