AUTO CONSTITUCIONAL 0481/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0481/2013-CA

Fecha: 05-Dic-2013

I.3.     Verificación de condiciones o requisitos de admisibilidad

En el caso de autos, ante el memorial presentado el 20 de noviembre de 2013, por Juan Guarayo Vargas, en su condición de “Primer Vicepresidente” de la Asamblea Constituiva de Tarabuco (fs. 83 a 87), la Comisión de Admisión constató que el solicitante no acreditó su condición de Presidente del Órgano deliberante de la Entidad Territorial que representa, debiendo adjuntar el acta de elección de la directiva u otros documentos que acrediten su condición, de acuerdo al art. 118 del referido Código.

Asimismo, no demostró que el proyecto del estatuto autonómico fuera aprobado por dos tercios del total de sus miembros o por mayoría absoluta, conforme consta en el acta de 25 de agosto de 2012, en el punto primero señala: “Control de asistencia se llamo lista 56 Presentes 7 licencias 32 faltas” (sic); y, en el quinto, determina: “Se aprobó en grande y detalle” (fs. 76 a 77 vta.).

Así también, no acreditó que el proyecto del estatuto autonómico haya sido elaborado de manera “participativa”, de acuerdo a lo que exige el art. 275 CPE, siendo que debe ser confirmada, a través de las actas de debates de todas las sesiones efectuadas por las seis comisiones, que sirvieron para la elaboración del mismo, donde se evidencie las propuestas, contrapuestas, aprobación de cada artículo; las convocatorias para su socialización a las centralias, comunidades, ayllus y otros.