AUTO CONSTITUCIONAL 0503/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0503/2013-CA

Fecha: 12-Dic-2013

c)

c)       Se demostró que el proyecto de la carta orgánica Municipal de referencia (fs. 306 a 371), fue aprobado por dos tercios de los miembros del Concejo Municipal, según constató en la Resolución Municipal 164/2013 de 28 de noviembre, corriente de fs. 276 a 282, conforme exige el art. 118.I del CPCo. Posteriormente, se adjuntaron fotocopias legalizadas de la Sesión Ordinaria 47 de “28 de noviembre” (sic) en la que se consideró el “Anteproyecto de la Carta Orgánica Municipal de Entre Ríos” (sic), verificándose que dicho texto fue aprobado por tres de cinco Concejales.

Finalmente, con relación al elemento participativo, previsto por el art. 275 de la CPE, el solicitante adjuntó las Actas de la Asamblea Autonómica Municipal en las que se identificó la participación de personas de la sociedad civil (fs. 1 a 199), consiguientemente, cumplió con el precepto constitucional de referencia.