AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2013-CA
Fecha: 04-Feb-2013
I.3. Trámite procesal
Al haberse advertido el incumplimiento de los requisitos contenidos en el art. 118 del Código Procesal Constitucional (CPCo), referidos a la remisión de fotocopias legalizadas del acta en el que conste la aprobación por dos tercios de votos de la carta orgánica, asumida por los miembros del órgano deliberativo de la entidad territorial solicitante; y el acta correspondiente en el que conste la elección de Silverio Toco Barro como Presidente del Concejo Autónomo Municipal de Caripuyo, se emitió el AC 0910/2012 de 21 de diciembre (fs. 16 a 17), exigiendo a dicha autoridad subsane las deficiencias formales en el plazo de cinco días a partir de su notificación, disponiéndose la suspensión de plazo.
Recibida la documentación solicitada y por tanto, subsanada la observación se dicto el decreto de 2 de enero del 2013 (fs.30), notificado el 18 del mismo mes y año (fs. 31), a la parte procesal, reanudándose el computo de plazo, por lo que el presente Auto se encuentra dentro del término legalmente establecido.