AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2013-CA

Fecha: 08-Mar-2013

I. ANTECEDENTES

Por AC 0888/2012-CA de 7 de diciembre, se dispuso que en el plazo de setenta y dos horas, el accionante subsane la deficiencia observada relativa a la impugnación irregular realizada sobre tres leyes (Ley 027 de 6 de julio de 2010, Ley 212 de 23 de diciembre de 2011 y Ley 254 de 5 de julio de 2012), las mismas que tratan sobre aspectos diferentes, por lo que la acción no se enmarcaba dentro de lo previsto en los arts. 76 y 78 del Código Procesal Constitucional (CPCo).