Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2013-CA
Fecha: 08-Mar-2013
I.3. Trámite procesal
A través del AC 0897/2012-CA de 18 de diciembre, cursante de fs. 20 a 21 la Comisión de Admisión dispuso que el solicitante subsane observaciones relacionadas con adecuar su solicitud a las disposiciones que le franquea la Norma Fundamental y el Código Procesal Constitucional, adjuntando además fotocopia legalizada que acredite su condición de Concejal titular, constatando que dicha observación fue subsanada a través de la prueba presentada (fs. 24 a 28).