Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0206/2013-CA
Fecha: 11-Jun-2013
La consulta sobre la constitucionalidad del Proyecto del Estatuto o Carta Orgánica deberá ser presentada por la Presidenta o Presidente del Órgano
Por consiguiente, la autoridad legitimada para formular la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de estatuto o carta orgánica, es la Presidenta o Presidente del Órgano deliberante de las Entidades Territoriales Autónomas, y en el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas, serán las autoridades designadas por ellas.