AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2013 ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2013 ECA

Fecha: 26-Jun-2013

II.2.El caso de examen

Analizado el memorial que “observa” la SCP 0619/2013 de 27 de mayo, que si bien no tiene la estructura de una enmienda complementación y aclaración, realizando un entendimiento amplio y favorable de acceso a la justicia, se pasará a considerar lo expuesto por el demandado, bajo ese antecedente, se tiene que el impetrante solicita que la vertiente de agua que se encuentra dentro del predio del accionante al que se le reconoció mediante la referida Sentencia Constitucional Plurinacional su derecho propietario, vuelva a ser de uso común como era antes; es decir, que tanto sus animales como ellos puedan beneficiarse.

Con ese antecedente, corresponde a esta Sala indicar que lo pedido por Máximo Moro Carmona, dirigente del Sindicato de Zamora implica una solicitud de concesión del derecho al agua, no siendo naturaleza de este medio reconocido por el art. 13 del CPCo, el cual únicamente es procedente para corregir errores de forma que puedan en aspectos accesorios a la decisión y argumento principal como errores en la identificación de las partes, la consignación de números, datos que no importen alterar el fondo de la resolución final como se pretende en el caso concreto, aspecto que impele a rechazar la solicitud del accionante en atención al art. 203 de la Constitución Política del Estado (CPE).