Sentencia: 0912/2013 de 20 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0912/2013 de 20 de junio

Fecha: 20-Jun-2013

I.3.  Análisis del caso concreto

En el caso en análisis, el accionante denuncia que se ha vulnerado su derecho a la libertad, quien a pesar de que gozaba de medida sustitutiva de detención domiciliaria, la misma no pudo concretarse en espera del cumplimiento de los requisitos o condiciones de la medida sustitutiva impuesta “escolta policial”, por lo que se encuentra detenido en la carceleta judicial, por más de cuarenta y cinco días calendario.

De la revisión de antecedentes e informes que cursan en obrados, se evidencia que el accionante, se encuentra indebidamente recluido en la carceleta judicial, debido a la inobservancia de los operadores de justicia, quienes obraron con negligencia en el presente caso, ya que la Resolución 095/2013 de 15 de febrero es clara y precisa en su última parte cuando señala: ”Estas medidas que acaban de dictarse deber ser cumplidas en el plazo de 72 horas en caso de incumplimiento se revocará y se procederá a la detención preventiva en el penal de San Pedro, con lo que quedan expresamente notificadas las partes”.

En consecuencia, el Juez de garantías, al haber denegado la tutela impetrada, a través de la presente acción de defensa, no ha evaluado en forma correcta los datos del proceso y las normas aplicables al mismo, por lo que correspondía revocar la resolución; y, en consecuencia conceder la tutela impetrada.