AUTO CONSTITUCIONAL 0337/2013-CA
Fecha: 30-Ago-2013
c)
c) De igual forma, acreditó que el proyecto de la carta orgánica Municipal (fs. 1), fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria 53/2013 de 22 de julio, así como consta en fotocopia legalizada del Acta (fs. 3 a 7 vta.) y Ordenanza Municipal 28/2013 del mismo día y mes, de aprobación del proyecto en sus dieciséis títulos y ciento ochenta y dos artículos, conforme exige el art. 118.I del citado Código.
Sin embargo, no demostró que el referido proyecto habría sido elaborado de manera participativa, según establece el art. 275 de la Norma Suprema; En consecuencia, esta observación impide que se efectúe el control previo de constitucionalidad del proyecto de carta orgánica, por lo que la mencionada omisión deberá ser subsanada dentro del término de diez días conforme prevé el art. 119.II del CPCo.