AUTO CONSTITUCIONAL 0339/2013-CA
Fecha: 03-Sep-2013
I.3. Verificación de condiciones o requisitos de admisibilidad
Del caso en revisión, la Comisión de Admisión constató que el solicitante no demostró que el proyecto de la carta orgánica del Municipio de Sopachuy hubiera sido elaborado de manera “participativa”, conforme exige el art. 275 de la CPE, dado que, si bien expresa en la “Ley Municipal” (LM) 02/2013 de 29 de julio, cursante de fs. 70 a 72, que a través de la LM 01/12 de 18 de junio de 2012, fue llevado a cabo “…el proceso de elaboración del proyecto de carta orgánica municipal de manera participativa a través de la Asamblea de Construcción de la Carta Orgánica Municipal de Sopachuy que es la máxima instancia de representación integral del municipio, el cual elaboro, socializo y aprobó en grande y detalle el anteproyecto de carta orgánica...”(sic); no se encuentra adjunto al expediente, antecedentes documentales que refrenden este extremo.