AUTO CONSTITUCIONAL 0379/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0379/2013-CA

Fecha: 20-Sep-2013

Fragmento 3

“Cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica     de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”.