Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2014-CA
Fecha: 27-Ene-2014
d)
d) De la misma manera, la autoridad consultante para acreditar que el proyecto de carta orgánica fue desarrollado de manera participativa, dando cumplimiento al art. 275 de la CPE, acompañando al efecto la documentación respaldatoria, que consiste en el informe de las cinco comisiones de trabajo de la Asamblea Autonómica Municipal de Azurduy (fs. 192 a 303); el Reglamento de Funcionamiento y Debates (fs. 312 a 317), fotocopia del libro de actas de la referida Asamblea (fs. 319 a 329 vta.).