Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0345/2014-CA
Fecha: 07-Oct-2014
I. 1. Atribución de la Comisión de Admisión
De acuerdo a lo dispuesto por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), la Comisión de Admisión en el plazo de cinco días de recibidos los antecedentes originales, verificara, el incumplimiento de los requisitos establecidos por el art. 24 del mismo cuerpo legal; los cuales podrán ser subsanados en el plazo de cinco días; en caso de no hacerlo, la demanda se tendrá por no presentada.