AUTO CONSTITUCIONAL 0448/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0448/2014-CA

Fecha: 04-Dic-2014

Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral

En consulta la Resolución TSE-RSP 586/2014 de 18 de noviembre, cursante de fs. 5 a 7; pronunciada por la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por el Movimiento Sin Miedo (MSM) representada legalmente por Juan del Granado Cossio y Javier Antonio Viscarra Osuna, demandando la inconstitucionalidad de la frase contenida en el art. 44 parág. II de la Ley de Partidos Políticos (LPPo) -Ley 1983 de 25 de junio de 1999- que menciona: “Por no haber obtenido más del tres por ciento del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron (…)”por ser supuestamente contraria a los arts. 14.II, 146.IV de la Constitución Política del Estado (CPE); 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.