Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado expresa voto aclaratorio respecto al artículo 18.I de la Carta Orgánica de Padcaya, expediente 03749-2013-08-CEA, DCP 0082/2014 de 8 de diciembre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Fecha: 08-Dic-2014
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