Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2014-CA
Fecha: 18-Feb-2014
SUBSANAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de lo dispuesto por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional, dispone: SUBSANAR para que el Director Departamental del Instituto Nacional de Reforma Agraria de Santa Cruz, en su condición de autoridad consultante convoque a los accionantes para que procedan a la enmienda de la observación realizada, suscribiendo el memorial de la acción de inconstitucionalidad concreta, remitida a este Tribunal, sin modificar el tenor de la misma, sea en el plazo de cinco días, que correrá a partir de su legal notificación.