AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2014-CA

Fecha: 10-Mar-2014

a)

Examinados los antecedentes y documentación presentados, la Comisión de Admisión de este Tribunal verificó lo siguiente: a) Por Resolución Municipal 18/2013 de 14 de junio (fs. 67), se evidenció que Meyer Chuquimia Quispe, fue elegido Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Cajuata de la provincia Inquisivi del departamento de La Paz; asimismo, adjuntó fotocopia simple de su credencial de Concejal Titular (fs. 69), cumpliendo así con lo exigido por el art. 118.I del CPCo, que establece que la consulta debe ser presentada por la presidenta o presidente del órgano deliberante de la entidad territorial que lo propuso; b) Por la documentación anexa se demostró que se procedió a la elección de un directorio, se realizó un acto preparativo de socialización con la participación de diferentes organizaciones sociales; por Acta acreditación de fs. 75 vta. a 77 vta. se identificó la conformación de un Equipo Político Social, definiendo el plan de trabajo y el cronograma de actividades; se acompañó el Acta de estatuyentes, por la cual indicó que se aprobó un reglamento interno, conformando comisiones de trabajo; así por Acta de socialización de 20 de abril de 2013 (fs. 85 y vta.), se verificó que se compartió el contenido de la carta orgánica, por lo que se acreditó el elemento participativo conforme al art. 275 de la CPE; c) Por Resolución Municipal de 21 de febrero de 2014 (fs. 66), y por Acta del mismo día mes y año (fs. 65), se procedió a la aprobación por unanimidad del contenido de proyecto de la carta orgánica; y, d) Finalmente, acompañó el original de la carta orgánica objeto de la consulta, así como en medio digital (fs. 64).