AUTO CONSTITUCIONAL 0160/2014-CA
Fecha: 29-May-2014
II.3. Análisis del caso concreto
El accionante solicitó en un otrosí de un informe circunstanciado, de fs. 1 a 2 vta., se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta contra la Ley del Órgano Judicial, sin especificar el o los preceptos legales de cuya constitucionalidad se tiene duda razonable. Al respecto el art. 24.I.4 del CPCo, estableció que se debe realizar la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como los artículos constitucionales que se consideran infringidos, formulando con claridad los motivos por los que la ley cuestionada es contraria a la Constitución Política del Estado; por último, no hace referencia a la relevancia que tendrá dicha Ley en la resolución que se pronunciará dentro del proceso disciplinario mencionado, por lo que al omitir estos requisitos la solicitud carece en absoluto de fundamentos jurídicos-constitucionales que justifiquen una decisión de fondo.