AUTO CONSTITUCIONAL 0293/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0293/2014-CA

Fecha: 29-Ago-2014

I.2. Cumplimiento de los requisitos

De la revisión de los documentos adjuntos a la consulta, se establece que mediante nota TSE-PRES-01608/2014, el Tribunal Supremo Electoral consultante, remite a este Tribunal los antecedentes de la solicitud del referendo planteado por las autoridades indígenas originario campesinas del Suyu Kallawaya Curva perteneciente a la provincia Bautista Saavedra del departamento de La Paz (fs. 10 a 11); sin embargo, no se acreditó la legitimación para la presentación de esta consulta conforme al art. 123 del CPCo, tampoco se señaló la pregunta del referendo que se pretende sea sometida al control previo de constitucionalidad, así como tampoco se acompañó un criterio técnico respecto a ésta, pese a adjuntarse copia del Informe TSE-SIFDE 017/14 de 31 de julio de 2014 (fs. 13 a 14), la cual no se encuentra debidamente legalizada.

Cabe indicar que el Tribunal Supremo Electoral, no observó el plazo de siete días dentro del cual debe procesarse la consulta; por el contrario habiendo tomado conocimiento de ésta el 17 de julio de 2014, la remisión del trámite en cuestión a este Tribunal, la realizó el 27 de agosto del mismo año, incumpliendo lo establecido en el art. 124 del CPCo.