Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
EI suscrito Magistrado expresa voto aclaratorio respecto a la parte dispositiva 4° del expediente 02607-2013-06-CEA, DCP 0020/2015 de 16 de enero; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Fecha: 16-Ene-2015
4°
La parte dispositiva 4° dice que: "Disponer que las autoridades del Gobierno Autónomo Municipal de Yamparáez apliquen e interpreten la Carta Orgánica y la normativa autonómica, de forma que se aliente el establecimiento de una administracion publica basada en el respeto mutuo entre personas y pueblos, la promocion de los valores plurales y la interculturalidad como instrumento de cohesion, con el proposito de alcanzar, reforzar y consolidar los derechos de las NPIOC, materializando de forma real y objetiva su inclusión y participación en la gestión publica",