Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0188/2015
Fecha: 06-Oct-2015
de dominio público
Los bienes de dominio público, que correspondan al Gobierno Municipal, son aquéllos destinados al uso irrestricto por parte de la comunidad; son inalienables, imprescriptibles e inembargables y los bienes de Patrimonio Institucional son todos los que no estén destinados a la administración o la prestación de un servicio público municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre” (el resaltado nos pertenece).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.
- III.1. Análisis del caso concreto
- III.2. Confrontación y contrastación del contenido de las adecuaciones efectuadas al proyecto de la Carta Orgánica Municipal de Sucre
- de dominio público
- artículo 132