DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0190/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0190/2015

Fecha: 19-Oct-2015

Artículo 105° PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE LA CARTA ORGÁNICA.-

I. La reforma total o parcial de la presente Carta Orgánica Municipal, podrá realizarse  mediante la iniciativa institucional o ciudadana prevista en esta norma, por dos tercios (2/3) del total de los miembros del Concejo Municipal, se sujetará al control constitucional a cargo          del Tribunal Constitucional Plurinacional y será sometida a referéndum para su aprobación”.

I. La reforma total o parcial de la presente Carta Orgánica Municipal, podrá realizarse  mediante la iniciativa popular, con la firma de al menos el veinte por ciento del electorado de la jurisdicción del municipio, o por el Concejo Municipal mediante Ley Municipal de reforma de la Carta Orgánica aprobada por dos tercios (2/3) del total  de los miembros del Concejo Municipal, se sujetará al control constitucional a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional y será sometida a referéndum para su aprobación.