AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2015-CA

Fecha: 06-May-2015

II.1. Marco normativo constitucional y legal

El proceso de control previo de constitucionalidad, es de competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, determinado en el Título V, Capítulo Cuarto del Código Procesal Constitucional, cuyo art. 116 establece como objeto del control previo de constitucionalidad de proyectos de estatutos o cartas orgánicas de entidades territoriales autónomas el: “…confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”.