DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2015

Fecha: 30-Sep-2015

Artículo 33.- Procedimiento legislativo

I. El Concejo Municipal tiene entre sus atribuciones el tratamiento y aprobación de leyes municipales, ordenanzas, resoluciones y reglamentos, según lo establece la Constitución Política del Estado Plurinacional y la presente Carta Orgánica. Estas atribuciones deberán estar enmarcadas en las necesidades explícitas expresadas por la población en general o motivadas por las concejalas y concejales.

I. El Concejo Municipal tiene entre sus atribuciones el tratamiento y aprobación de leyes municipales, resoluciones y reglamentos, según lo establece la Constitución Política del Estado Plurinacional y la presente Carta Orgánica. Estas atribuciones deberán estar enmarcadas en las necesidades explícitas expresadas por la población en general o motivadas por las concejalas y concejales.