Los suscritos Magistrados manifiestan su desacuerdo con los fundamentos asumidos en el Auto Constitucional Plurinacional 0026/2016-O de 15 de noviembre, que declara: “
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados manifiestan su desacuerdo con los fundamentos asumidos en el Auto Constitucional Plurinacional 0026/2016-O de 15 de noviembre, que declara: “

Fecha: 15-Nov-2016

I.

El Auto Constitucional Plurinacional 0026/2016-O -objeto de disidencia- inviabiliza la denuncia de inejecutabilidad de la SCP 0698/2013, realizada por Ivar Vaca Saucedo, Presidente de la Coordinación de Pueblos Étnicos de Santa Cruz, por la cual alega una presunta fusión que derivaría de la citada Sentencia de los pueblos Yuracaré y Mojeño en uno solo Yucaré-Mojeño, y el incumplimiento del traducción y difusión de dicha Sentencia en idioma Yuracaré-Mojeño, debido a la inexistencia del mismo.

En ese contexto, el referido Auto ingresa a analizar el fondo de la denuncia, lo cual no correspondía ante la falta de legitimación activa de quien promovió la denuncia, en el caso Ivar Vaca Saucedo, en representación de la Coordinadora de Pueblos Étnicos de Santa Cruz (CPESC), toda vez que no se evidencia que el mismo hubiera intervenido en el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado y resuelto a través de la SCP 0698/2013 -como además expresamente pone de manifiesto el denunciante-; asimismo, tampoco se advierte que tuviera alguna relación con la ejecución de la Sentencia, aspectos que impiden superar la barrera procesal de la legitimación activa requerida, derivando en una imposibilidad de permisibilidad de que el representante de la mencionada CPESC pueda promover la presente denuncia de inejecutabilidad.