AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2016-CA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2016-CA-BIS

Fecha: 16-Feb-2016

II.

Ana María Soria Peña, Presidenta y Tania Rendón Hurtado, Concejala Secretaria a.i., ambas del Consejo del Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, provincia Gran Chacho del departamento de Tarija, remitieron a éste Tribunal Constitucional, los proyectos de ley: “Tú computadora en Casa en el Municipio de Yacuiba”; y, “Bono Sembrando Esperanza contra la Deserción Escolar en el Municipio de Yacuiba” (sic); sin embargo, las mismas no están legitimadas para acudir ante este Tribunal con la consulta de referencia, conforme determina el art. 112.2 del CPCo, que atribuye tal prerrogativa a la Presidenta o Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, requisito ineludible que en el caso presente no se cumplió, por lo que, no corresponde efectuar un análisis de fondo.