AUTO CONSTITUCIONAL 001/2016-CA-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 001/2016-CA-ECA

Fecha: 21-Abr-2016

II.2.  Análisis de la solicitud

De lo precedentemente señalado y de la revisión del memorial señalado, se advierte que en el mismo se formula una consulta referente a que si se puede volver a plantear nuevamente la acción de inconstitucionalidad concreta, una vez se cumpla con realizar una debida fundamentación jurídico constitucional, interrogante que no corresponde ser absuelta a través de este medio. 

Por consiguiente, al no estar contemplada la solicitud del peticionante dentro del alcance que prevé el art. 13 del CPCo, no concierne realizar la complementación, en virtud a que el AC 0031/2016-CA es claro y preciso; razón por la cual, no es posible que el Tribunal Constitucional Plurinacional atienda el memorial ahora revisado, pues se encuentra fuera del ámbito competencial de la aclaración, enmienda y complementación; consecuentemente, la solicitud debe ser denegada.