AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-ECA

Fecha: 15-Jun-2016

III.2.  Enmienda del presente caso

Conforme el art. 13.II del CPCo, el Tribunal Constitucional Plurinacional, de oficio puede enmendar, errores materiales que no impliquen la modificación de lo resuelto; así, en el presente caso, en el último párrafo del Fundamento Jurídico III.4 de la SCP 0470/2016 de 4 de mayo, se advirtió que se hizo referencia al “Auto de Vista 51/2014 de 14 de febrero”; cuando lo correcto es “Auto Supremo 207/2015 de 23 de julio”; en tal antecedente, corresponde a este Tribunal enmendar de oficio y de inmediato el error en el que se incurrió.