DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2016

Fecha: 13-Jun-2016

III.1.

III.1.  Antes de ingresar al análisis exclusivo de la modificación y adecuación efectuada al numeral declarado incompatible por la citada Declaración, cabe recordar que de acuerdo a lo previsto por el art. 120 del Código Procesal Constitucional (CPCo), el Tribunal Constitucional Plurinacional, puede declarar la constitucionalidad o inconstitucionalidad parcial o total del proyecto de estatuto autonómico o carta orgánica de las previsiones normativas contrarias a la Ley Fundamental; la declaratoria de incompatibilidad de dicho proyecto o de alguna de sus cláusulas, motivará que el órgano deliberante adecúe el mismo a los valores, principios, fines o preceptos de la Constitución Política del Estado; por consiguiente, el proyecto de estatuto autonómico o carta orgánica puede ser sometido a control previo de constitucionalidad cuantas veces sea necesario hasta lograr la declaratoria de compatibilidad total.