El proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de la Entidad Territorial Autónoma (ETA) Municipal de Torotoro, fue sometida a control previo de constitucionalidad y resuelto por las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0050/2016 de 9 de mayo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de la Entidad Territorial Autónoma (ETA) Municipal de Torotoro, fue sometida a control previo de constitucionalidad y resuelto por las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0050/2016 de 9 de mayo

Fecha: 10-Ago-2016

candidata o candidato

       El art. 285.I de la Constitución Política del Estado (CPE) refiere:        “Para ser candidata o candidato a un cargo electivo de los órganos ejecutivos de los  gobiernos autónomos se requerirá cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, y:(…) 2.En el caso de la elección de la Alcaldesa o del Alcalde y de la autoridad regional haber cumplido veintiún años” (las negrillas son agregadas); por otro lado tenemos el: “Artículo 287.I. Las candidatas y los candidatos a los concejos y a las asambleas de los gobiernos autónomos deberán cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, y:(…) 2.Tener 18 años cumplidos al día de la elección” (las negrillas son nuestras).

       En tal sentido, la DCP 0109/2016, debió desarrollar un entendimiento respecto al momento en que debe requerirse el cumplimiento de la edad para ser “candidato” o “electo”, como autoridad de los órganos de gobiernos autónomos, en este caso del Gobierno Autónomo Municipal de Torotoro, puesto que el nomen iuris del artículo en análisis hace referencia a requisitos para ser “electos” pero en el desarrollo se refiere a “candidatos”, lo que se traduce en dos momentos diferentes dentro del proceso electoral. Entendiendo que el primero refiere a que el candidato se convierte en elegido como ganador del acto democrático; y, el segundo a la persona que se postula a un cargo electivo, en este caso dentro un proceso electoral de autoridades subnacionales.