AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2017-CA

Fecha: 01-Feb-2017

a)

a) Se evidencia que por Acta de Sesión Ordinaria de 31 de mayo de 2016 (fs. 8 a 10), y Resolución Municipal 055/2016 de igual fecha (fs. 6 a 7 vta.), Peregrino Rojas Orozco, fue reelegido y posesionado como Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Colomi; así también, adjuntó fotocopia legalizada de su credencial de Concejal Titular, otorgada por el Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba (fs. 4 y vta.), cumpliendo con el art. 118.I del CPCo; b) Por la documentación adjuntada en el expediente se acredita que por Acta “8: 29, 30/09 y 1, 14, 29/10/2016” de 29 de septiembre de 2016 (fs. 199 a 219); y, por Ley Municipal 049/2016 de 31 de noviembre (fs. 50 a 52 vta.), el proyecto de la Carta Orgánica del Municipio de Colomi, provincia Chapare del departamento de Cochabamba, fue aprobado por el pleno del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Colomi, la cual contiene: Doce (XII) Títulos; treinta y uno (XXXI) capítulos; ciento sesenta y siete artículos; cinco Disposiciones Transitorias, una Disposición abrogatoria; y, una Disposición final y está redactado en 49 páginas; y, c) Se acompañó el original del proyecto de la Carta Orgánica del citado Municipio (fs. 374), así como en medio digital (fs. 368).