DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2017
Fecha: 27-Jun-2017
Artículo 2º (Ejercicio de la Autonomía)
“Artículo 2º (Ejercicio de la Autonomía). I. El Municipio de RURRENABAQUE, dicta esta Carta Orgánica en ejercicio de la Autonomía Municipal en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero. El Gobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa Municipal en el ámbito de sus competencias; y por un Órgano Ejecutivo, presidido por una Alcaldesa o un Alcalde, en cumplimiento a lo establecido en el Art. 278 C.P.E.
“Artículo 2º (Ejercicio de la Autonomía). I. El Municipio de RURRENABAQUE, dicta esta Carta Orgánica en ejercicio de la Autonomía Municipal en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero. El Gobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa Municipal en el ámbito de sus competencias; y por un Órgano Ejecutivo, presidido por una Alcaldesa o un Alcalde, en cumplimiento a lo establecido en el Art. 283 C.P.E.”.