DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2017

Fecha: 20-Jul-2017

Control previo de constitucionalidad

La DCP 0035/2016 de 18 de abril, declaró la incompatibilidad del antes art. 110, al respecto manifestó: “…se advierte que en éste el estatuyente municipal regula todo lo concerniente a los Distritos Municipales             –espacio desconcentrado−, cuyo texto no se contrapone en ningún aspecto al marco constitucional vigente; empero omite incorporar regulación relativa a los Distritos Municipales Indígena Originario Campesinos –espacios descentralizados−, los que también constituye espacios de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios; ausencia que obliga a este Tribunal a declarar la incompatibilidad de la norma en cuestión, ello en resguardo del derecho de las NPIOC, que constituyan minoría en el Municipio de Santivañez…”; ahora bien, revisado el presente artículo se constata que el parágrafo I no fue adecuado puesto que incluye a los distritos municipales indígena originario campesinos (IOC) como espacios desconcentrados siendo que por mandato del art. 28.I de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”(LMAD) son espacios descentralizados.

Por su parte, la DCP 0128/2016 declaró la incompatibilidad del presente parágrafo porque establecía que los distritos municipales IOC eran espacios desconcentrados; siendo que los mismos son espacios descentralizados; de la lectura de la disposición en cuestión se constata que el estatuyente no comprendió el cargo de incompatibilidad; es decir, si el Estatuyente pretende regular para los tipos de distritos, en primer lugar debió cambiar el título del epígrafe, puesto que solo menciona a los distritos municipales “comunes”, en cuanto al contenido, así como señala que:“...y Distritos Municipales Indígena Originario Campesino, son espacios descentralizados…” de la misma forma tendría que señalar con referencia a los distritos comunes que los mismos con “espacios desconcentrados”, ya que de la forma en la que se encuentra redactado se comprende que los distritos municipales y los distritos municipales IOC, son espacios descentralizados; en mérito a lo señalado, el presente parágrafo no fue adecuado correctamente.