Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2017
Fecha: 03-Ago-2017
art. 19
Del análisis a la adecuación efectuada, se evidencia que se ha procedido a la restitución de la disposición observada, manteniendo el texto original, la modificación es conforme a lo señalado en la DCP 0083/2016, al no existir causal de observación la previsión formará parte de la versión final del proyecto de Carta Orgánica Municipal. En consecuencia el art. 19, resulta plenamente compatible con nuestra Constitución Política del Estado.