ACLARATORIO DE LA SCP 0343/2018-S2
Fecha: 18-Jul-2018
II.2. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 0343/2018-S2
Por la jurisprudencia precitada, es claro que no se comparte la revisión de la fundamentación y legalidad de la conminatoria realizada dentro del análisis del caso concreto; dado que, solamente debe preverse el cumplimiento del mismo en aplicación del estándar más alto de protección al derecho; asimismo, se llega a la conclusión de que el pago de salarios devengados procede en este caso, solo por tratarse de un padre progenitor; es decir, que excepcionalmente procede tal determinación. Extremo que la suscrita Magistrada no comparte, al considerar que toda concesión de tutela cuando se incumplen las conminatorias de reincorporación, supone la reparación de la lesión del derecho o la garantía constitucional invocada como vulnerada, todo ello en el marco de lo establecido por el art. 113.I de la Constitución Política del Estado; por lo que, la concesión de la tutela ante el incumplimiento de conminatorias de reincorporación laboral implica la orden del pago de los sueldos devengados y demás derechos sociales en todos los casos y no únicamente cuando se trate de padre progenitor.