Sentencia Constitucional Plurinacional 0293/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
CONFIRMAR
El suscrito Magistrado expresa su desacuerdo con los Fundamentos Jurídicos contenidos en la SCP 0293/2019-S2 de 29 de mayo, por lo que emite su Voto Disidente; pues considera que se debió CONFIRMAR la Resolución 04/2018 de 22 de noviembre y en consecuencia CONCEDER en parte la tutela, en relación al derecho al debido proceso, al ejercicio de la función pública vinculado con el derecho al trabajo, disponiendo la inmediata restitución de las accionantes a sus cargos de Concejalas del Gobierno Autónomo Municipal de Caracollo del departamento de Oruro y DENEGAR respecto al pago de costas, a la “determinación de la responsabilidad civil por daños y perjuicios”, y al pago de dietas o salarios. En consecuencia, de conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido expone los fundamentos de su disidencia bajo los siguientes argumentos jurídicos-constitucionales:
Por los fundamentos expuestos, correspondía que la mencionada SCP 0293/2019-S2, resuelva la presente acción tutelar disponiendo CONFIRMAR la Resolución 04/2018 de 22 de noviembre, cursante de fs. 246 a 250, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal, Administrativo, Coactivo Fiscal, Tributario Primero de Caracollo del departamento de Oruro; y en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela solicitada, en los mismos términos dispuestos por el mencionado Juez de garantías; es decir, disponer la restitución de las hoy accionantes a sus cargos como Concejales titulares y DENEGAR en relación al pago de costas y de salarios o dietas, de acuerdo a los fundamentos señalados precedentemente.