Sentencia Constitucional Plurinacional: 0393/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 0393/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

II.2.

II.2. De  lo  referido,  el  suscrito  Magistrado  manifiesta su desacuerdo con la SCP 0393/2019-S2 y, en específico, con el Fundamento Jurídico del fallo “III.1. Sobre el derecho de petición”, porque con un nuevo entendimiento la referida Sentencia sistematiza lo relativo al derecho ya referido, agregando que “…El Tribunal Constitucional Plurinacional, puede tutelar de oficio el derecho de petición, ante una evidente conculcación del mismo, aunque los accionantes no lo denuncien como lesionado…”, aspecto que en criterio del suscrito incurre en una decisión extra o ultra petita, incluso apelando al principio de favorabilidad, este no es suficiente ni debe ser utilizado para justificar una decisión que vaya más allá de lo peticionado; en tal sentido, debió haberse utilizado la línea jurisprudencial que ya sistematiza la jurisprudencia constitucional referida al derecho de petición en las SCP 0085/2012 de 16 de abril y las SSCC 1742/2004-R de 29 de octubre y 0684/2010-R de 19 de julio.