La suscrita Magistrada manifestó su conformidad con la SCP 0536/2019-S1 de 15 de julio -objeto del presente voto aclaratorio-, al estar de acuerdo con la determinación asumida de
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada manifestó su conformidad con la SCP 0536/2019-S1 de 15 de julio -objeto del presente voto aclaratorio-, al estar de acuerdo con la determinación asumida de

Fecha: 15-Jul-2019

I.

En el antes referido fallo constitucional con el objeto de voto aclaratorio, se asumió la inviabilidad de la tutela pretendida, bajo el razonamiento central del incumplimiento del principio jurídico procesal-constitucional de la inmediatez, cuya observancia es ineludible a los fines de abrir el ámbito protectivo de la acción de amparo constitucional; razonamiento que involucran una barrera procesal que, en el proceso constitucional planteado no fue superada.