Sentencia Constitucional Plurinacional 0542/2019-S2
Fecha: 15-Jul-2019
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Al respecto, la SCP 0542/2019-S2, se sustentó en los siguientes Fundamentos Jurídicos: 1) Fundamentos de la acción popular y la nueva lógica de justiciabilidad de derechos colectivos y derechos e intereses difusos (III.1); 2) Presupuestos procesales en la acción popular (III.2); 3) La naturaleza preventiva y reparadora de la acción popular y la aplicación del principio precautorio (III.3); y, 4) Los derechos al medio ambiente y a la salubridad pública como objeto de protección de la acción popular, haciendo referencia al carácter interdependiente de los derechos (III.4).
En ese sentido, el suscrito Magistrado aclara que se encuentra conforme con el fondo de lo decidido en la SCP 0542/2019-S2, respecto a la concesión de la tutela con los efectos antes señalados; mas no con los Fundamentos Jurídicos precitados, considerando que en la problemática planteada únicamente correspondía incidir directa y únicamente en relación a los derechos supuestamente lesionados (derechos al medio ambiente y salubridad pública). Además de ello, no compelía hacer alusión al carácter interdependiente de los derechos permitiendo la inclusión de otros derechos que no fueron denunciados. Por otra parte, no resultaba pertinente la simple cita y parafraseo del contenido de los arts. 9.6; 33; 108.16; 298.I.20; 299.II.1; y, 302.I.5 y 27 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, con mayor profundidad del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (Protocolo de San Salvador) y la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia, en este último caso para encontrar definiciones del medio ambiente sano o salubridad pública.