enmienda y complementación de la DCP 0027/2019 de 24 de abril
Fecha: 07-Ago-2019
aclaración
Las solicitudes de aclaración, enmienda y complementación de la DCP 0027/2019 de 24 de abril, presentadas por Carmelo Soliz Gaithi, Julio Anibal Castaños Pantoja, Roberto Eguez Veizaga, Walter Villagómez Mendieta y Moisés Freddy Chamón Mosa, todos Asambleístas de la Autonomía Indígena Originario Campesina (AIOC) de Kereimba Iyaambae, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, así como por Ninfo Carrasco Cabrera, Hortencia Vargas de Villagómez, Miguel Lijerón Rioja, Vicente Gareca Perales, José Eduardo Abella Soliz, Yonny Chamón Salces, Gabino Coro Copa, Eucebio Espinoza Tordoya, Salatiel Vargas Peña, Lorenzo Vargas Álvarez, Jorge Carrasco Bustos y Ubaldina Valverde Saucedo, productores agropecuarios, habitantes del pueblo de Gutiérrez de la provincia Cordillera del mismo departamento, dentro del control previo de constitucionalidad del proyecto del Estatuto de la Autonomía Indígena Guaraní Kereimba Iyaambae del referido departamento presentado por Carlos Abapori Guardia, Capitán Grande “MBURUVICHA GUASU” de la Capitanía del Gran Kaipependi Karovaicho (GKK); Remberto Guarupachi Pinto, Capitán Grande “MBURUVICHA GUASU” de la Capitanía Kaaguasu (KAAG); Demetrio Romero Palavecino y Margoth Changaray Taborga, Presidente y Vicepresidenta, respectivamente, de la Asamblea Estatuyente de la Autonomía Indígena Guaraní Kereimba Iyaambae u Órgano Deliberativo.
Una de las características propias de los Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas Municipales, es su construcción participativa conforme establece el art. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE); se trata de un instrumento normativo de contenido pactado que expresa la voluntad de los habitantes de una unidad territorial; es justamente en esas peculiaridades donde se encuentra la razón por la que, cualquier habitante de una determinada Unidad Territorial está plenamente legitimado para activar el mecanismo procesal constitucional de la aclaración, enmienda y complementación (art. 13 del CPCo) sobre una Declaración Constitucional Plurinacional, que resuelva la compatibilidad o incompatibilidad de un proyecto de Estatuto Autonómico o Carta Orgánica con la Norma Suprema.
En el presente caso, debió tenerse por acreditado la legitimación activa de los solicitantes pues independientemente de la representatividad que tengan o no, el proyecto de Estatuto Autonómico de la Nación Guaraní Kereimba Iyaambae, es el instrumento normativo de construcción participativa que expresa la voluntad de la población de dicha Nación y por tanto es de interés general todas las incidencias emergentes del control previo de constitucionalidad de su proyecto de Estatuto Autonómico; en ese sentido, cualquiera de sus habitante podrá solicitar y recibir aclaraciones, enmiendas y complementaciones necesarias por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional, en relación a la DCP 0027/2019 que declaró la compatibilidad parcial del indicado proyecto de Estatuto Autonómico con la Constitución Política del Estado.
Por consiguiente, el suscrito Magistrado, considera que los impetrantes tienen legitimación activa para solicitar la aclaración, enmienda y complementación a la DCP 0027/2019; sin embargo, los fundamentos para declarar NO HA LUGAR a las referidas solicitudes debieron concentrarse en el sentido que no ameritaban ser atendidas por este Tribunal, por no encontrarse en los alcances de este mecanismo procesal constitucional previsto en el art. 13 del CPCo.