Sentencia Constitucional Plurinacional 0727/2019-S2
Fecha: 28-Ago-2019
II. OBJETO DE LA ACLARACIÓN
Empero, considero que a efectos de respaldar la Sentencia Constitucional Plurinacional elaborada por la Magistrada Relatora, se debe aclarar, que la referencia resaltada en el párrafo precedentemente anotado, relativo al -entendimiento que contiene el estándar de protección jurisprudencial más alto- resulta innecesario; toda vez, que la propia naturaleza jurídica de la acción de libertad, basada en el principio de informalismo, permite su flexibilización, en procura del resguardo de los derechos, posibilitando la ampliación de su ámbito de protección a otros hechos y derechos conexos. Referencia que resulta insulsa en nuestro criterio, si tomamos en cuenta además que, la dinámica de la jurisprudencia constitucional, es permanente y se desarrolla exponencialmente.