Sentencia Constitucional Plurinacional 0749/2019-S2
Fecha: 02-Sep-2019
b)
Razonamiento ubicado en el análisis del caso concreto, el cual es distinto al entendimiento asumido por este despacho, pues en los supuestos señalados líneas arriba, se autoriza la posibilidad de interponer la acción de libertad sin agotar la subsidiariedad excepcional, sin considerar que el planteamiento de una denuncia respecto a la ilegalidad de la aprehensión ante el juez cautelar, ya sea de manera inmediata o posterior a la definición de su situación jurídica en audiencia de medidas cautelares, el mecanismo de reclamo es el incidente de actividad procesal defectuosa, en ese sentido, contra la resolución que resuelve ese tipo de incidente es posible presentar apelación incidental (así lo razonó la SC 0636/2010-R de 19 de julio y la SCP 0782/2013 de 12 de abril) extremo a partir del cual y siempre que se mantenga la lesión incluso en apelación, es posible acudir a la justicia constitucional.