AUTO CONSTITUCIONAL 0272/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0272/2020-CA

Fecha: 18-Dic-2020

I.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos

De la revisión de los datos del proceso se evidencia que, por AC 0112/2020-CA de 9 de julio, cursante de fs. 21 a 23, se otorgó al accionante el plazo de cinco días hábiles, para que subsane la deficiencia formal observada, inherente a acreditar su legitimación activa; toda vez que, no demostró el ejercicio de la titularidad como miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional al momento de interponer la acción de inconstitucionalidad abstracta, fallo que fue notificado el 7 de diciembre de 2020 (fs. 28).

Una vez transcurridos los cinco días otorgados al impetrante para el cumplimiento de lo dispuesto por el citado AC 0112/2020-CA, se observa que el mismo no dio observancia a dicha determinación, puesto que no presentó memorial ni documentación alguna que acredite el ejercicio de la titularidad en la fecha que planteó esta acción normativa, pues si bien cursa una solicitud de habilitación de suplente, sin embargo no se acreditó de ningún modo que dicha petición hubiera sido aceptada, incurriendo con ello en incumplimiento a lo ordenado por el referido Auto Constitucional, correspondiendo en consecuencia aplicar lo dispuesto por el art. 26.II del CPCo.