Sentencia Constitucional Plurinacional 0047/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0047/2020

Fecha: 16-Dic-2020

iv)

En ese sentido, se advierte que el fallo constitucional -objeto del presente voto aclaratorio-, en la parte fundamentativa del análisis concreto del caso, determina que: Del Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional, se tiene que, el Informe Técnico de Campo TCP/STyD/UD/010/2019, elaborado por la Secretaria Técnica y Descolonización de la Unidad de Descolonización, dependiente de este Tribunal, señaló que: (…) iv) Se identificó que ninguna de las dos organizaciones que señala representar a la Comunidad Callapa “Arumthaya”, cuenta con una legitimación para ejercer la jurisdicción indígena originaria campesina en el caso concreto, tampoco se observó, que estas organizaciones, hayan resuelto con anterioridad problemas mediante esta jurisdicción en la comunidad”; de donde se advierte que la resolución constitucional, considera que según el Informe Técnico de Campo TCP/STyD/UD/010/2019, elaborado por la Secretaria Técnica y Descolonización de la Unidad de Descolonización, dependiente de este Tribunal; no obstante de la falta de legitimación activa, también se tiene la inexistencia de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC); es decir, la ausencia de un sistema jurídico o normas y procedimientos propios de esa jurisdicción donde se suscitó el asunto o problema que dio lugar a la denuncia penal y consiguiente proceso, que pueda determinar la competencia para resolver los casos que sean de conocimiento en esa instancia; sin embargo, a criterio de la suscrita el fundamento central debió ser la falta de legitimación activa  de las autoridades que suscitaron el conflicto de competencias jurisdiccionales o que esta no pudo ser determinada por la existencia de dualidad de organizaciones que se arrogan la representación.