ACLARATORIO DEL AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2020-RCA
Fecha: 02-Mar-2020
Voto Aclaratorio
La suscrita Magistrada, a tiempo de suscribir el AC 0055/2020-RCA de 2 de marzo -expediente 33183-2020-67-AAC- que revoca la Resolución dictada por la Sala Constitucional Tercera del departamento de Cochabamba, y dispone que se admita la presente acción de defensa, formula el presente Voto Aclaratorio.
Por lo anotado, la Magistrada que suscribe el presente Voto Aclaratorio, si bien reitera su conformidad con la parte decisoria del proyecto sobre la revocatoria de la Resolución elevada en revisión, disponiendo la admisión de la citada acción tutelar, no comparte el criterio de que la excepción al principio de subsidiariedad se aplique en mérito a concurrir una vía de hecho, sino que debería haberse señalado fundamentalmente que el Director del referido Colegio Privado “Paulo Freire”, al negar la devolución de la libreta escolar a una menor de edad que pretendía inscribirse en otro establecimiento educativo, atentó contra el derecho fundamental a la educación de la mencionada menor.